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Carta de reclamación de horas extra al empresario (modelo burofax)

El burofax es la herramienta clave para reclamar horas extraordinarias: da fecha fehaciente e interrumpe la prescripción de un año. Aquí tienes qué debe contener la carta y una plantilla lista para adaptar.

Aurélie Petit12 July 20268 min de lectura
Carta de reclamación de horas extra al empresario (modelo burofax)

Por qué un burofax y no un correo cualquiera

Una reclamación escrita del acreedor interrumpe la prescripción (art. 1973 del Código Civil) y hace que el plazo vuelva a empezar de cero. Como las acciones para reclamar salario prescriben al año (art. 59 del Estatuto de los Trabajadores), interrumpir ese plazo es lo que impide que las nóminas más antiguas caigan fuera de tu alcance.

Ahora bien, para que la interrupción sea indiscutible necesitas dos cosas: que conste el contenido de lo que reclamaste y la fecha en que lo hiciste. Ahí es donde el burofax gana a un simple email: acredita ambos extremos con fecha fehaciente. Un correo puede negarse o «perderse»; un burofax con acuse y certificación de texto, no. Es la razón por la que se ha convertido en el estándar de la reclamación extrajudicial laboral.

Qué debe contener la carta

Una buena carta de reclamación es concreta, cuantificada y verificable. Estos son los elementos que no pueden faltar:

  • Identificación completa de trabajador y empresa (nombre, DNI/CIF, centro de trabajo, puesto).
  • Detalle mes a mes de las horas extraordinarias realizadas y no compensadas, con el importe de cada mes calculado al valor de la hora ordinaria (art. 35.1 ET). Recuerda: la ley no fija recargo; el suelo es 1:1, y cualquier recargo depende de tu convenio colectivo.
  • Referencia al registro de jornada (art. 34.9 ET) y a la totalización de las horas extra en el recibo (art. 35.5 ET), pidiendo copia si no la tienes. Esto sitúa la carga documental donde corresponde: en la empresa.
  • Cantidad total reclamada y plazo de pago razonable (por ejemplo, quince días).
  • Aviso de los pasos siguientes: que, de no atenderse, presentarás papeleta de conciliación ante el servicio administrativo correspondiente (art. 63 de la LRJS) y, en su caso, demanda ante el Juzgado de lo Social.

Es útil recordar también, en la carta o al calcular, el interés de mora del 10 % anual sobre lo adeudado (art. 29.3 ET): refuerza el mensaje de que la deuda crece cuanto más se retrasa el pago.

Modelo de carta (plantilla para adaptar)

ASUNTO: Reclamación de cantidad por horas extraordinarias impagadas

A la atención de [Empresa / Departamento de RRHH], con CIF [] y domicilio en [].

D./D.ª [Nombre y apellidos], con DNI [], trabajador/a de esa empresa en el puesto de [] desde [fecha], mediante el presente escrito RECLAMA el abono de las horas extraordinarias realizadas y no compensadas que se detallan a continuación:

Mes Horas extra Valor hora ordinaria Importe
[mes/año] [nº] [€] [€]
Total [€]

Dichas horas figuran (o debieran figurar) en el registro diario de jornada que esa empresa está obligada a llevar y conservar (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores), así como en la totalización que debe entregarse en el recibo de salarios (art. 35.5 ET), de la que solicito copia. Las horas se valoran al valor de la hora ordinaria, conforme al art. 35.1 ET.

Le requiero para que, en el plazo de quince días, proceda al abono de la cantidad de [€], más el interés por mora del 10 % previsto en el art. 29.3 ET.

De no atender esta reclamación, me veré obligado/a a presentar papeleta de conciliación ante el servicio administrativo correspondiente (art. 63 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social) y, en su caso, la oportuna demanda ante el Juzgado de lo Social.

En [lugar], a [fecha]. Firma.

Adapta cada campo a tu caso y conserva el justificante de envío y el acuse del burofax: son la prueba de la fecha que interrumpe la prescripción.

Después de enviar la carta

Enviar el burofax reinicia tu plazo de un año, pero no cierra el proceso. Si la empresa no responde o rechaza pagar, el camino continúa —y sigue siendo gratuito para el trabajador— con la papeleta de conciliación (obligatoria antes de demandar, art. 63 LRJS; su presentación también interrumpe la prescripción, art. 65.1 LRJS) y, después, la demanda ante el Juzgado de lo Social. Guarda una copia de todo: cada acto escrito y datado es un eslabón que sostiene tu reclamación.

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