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Horas extraordinarias

Cómo calcular el valor de tu hora extraordinaria (con ejemplos)

En España la hora extraordinaria se paga, como mínimo, al valor de la hora ordinaria (art. 35.1 ET): no hay porcentaje legal de recargo. Te enseñamos a calcular esa base con ejemplos y el suelo del SMI 2025 (1.184 €/mes, RD 87/2025).

Guillaume Mercier12 July 20268 min de lectura
Cómo calcular el valor de tu hora extraordinaria (con ejemplos)

El ladrillo del cálculo: el valor de la hora ordinaria

Todo empieza por una división. El valor de la hora ordinaria es la retribución ordinaria dividida entre el número de horas ordinarias que trabajas:

valor de la hora ordinaria = retribución ordinaria ÷ número de horas ordinarias

La pregunta delicada es qué entra en esa «retribución ordinaria». Aquí conviene ser prudente: la composición exacta de la base (qué complementos se incluyen) la fija normalmente el convenio colectivo. A falta de convenio verificado, un cálculo defendible parte del salario base más los complementos regulares asimilables. No es un tecnicismo menor: cuantos más complementos regulares tengas, mayor será el valor real de tu hora.

El otro suelo: el SMI horario

Hay un segundo tope por abajo que protege tu hora: el salario mínimo interprofesional (SMI). La hora ordinaria nunca puede quedar por debajo del SMI horario del año correspondiente.

Para 2025, el Real Decreto 87/2025 fija el SMI en 1.184 euros/mes o 39,47 euros/día, referido a la jornada legal de cada actividad. En cómputo anual, con las 14 pagas habituales, son 16.576 euros/año (1.184 × 14).

Un matiz sobre el año de tus nóminas: el SMI se revisa cada año por Real Decreto. Para 2026 se ha anunciado una cifra en torno a los 1.221 euros/mes, pero conviene confirmarla en el RD correspondiente publicado en el BOE antes de aplicarla a nóminas de 2026. La regla de oro es no congelar una sola cifra: se usa el SMI del año de la paga.

Un ejemplo concreto, con prudencia

Supongamos que tu retribución ordinaria mensual es de 1.400 € y trabajas una jornada de 160 horas ordinarias al mes. El valor de tu hora ordinaria sería 1.400 ÷ 160 = 8,75 €.

Imagina que en un mes trabajaste 15 horas extraordinarias que no te pagaron ni compensaron con descanso. Así queda el cálculo:

Concepto Cálculo Importe
Valor de la hora ordinaria 1.400 € ÷ 160 h 8,75 €
Base cierta (1:1) por 15 horas 15 h × 8,75 € 131,25 €
Recargo por convenio según tu convenio colectivo a verificar, en su caso

La base cierta y defendible es de 131,25 €. Si tu convenio prevé un recargo, el importe real será mayor; pero ese dato se lee en el convenio, no se inventa.

Y un control final: verifica que tu valor de hora ordinaria no baje del SMI horario del año. Si en tu caso resultara inferior, el suelo aplicable sería el del SMI, no el salario pactado por debajo del mínimo.

Qué horas no cuentan: las compensadas con descanso

Un último ajuste antes de multiplicar. No todas las horas extra generan dinero. El artículo 35.1 ET permite compensarlas «por tiempos equivalentes de descanso retribuido». Y si no hay pacto, se entiende que deben compensarse con descanso dentro de los cuatro meses siguientes.

Por eso el cálculo correcto no es «horas trabajadas × valor», sino horas prestadas menos horas ya compensadas con descanso, multiplicadas por el valor de la hora ordinaria (más el recargo del convenio, si lo hay).

Resumen del método

  1. Calcula el valor de tu hora ordinaria (retribución ordinaria ÷ horas ordinarias).
  2. Comprueba que no baja del SMI horario del año (1.184 €/mes en 2025).
  3. Resta las horas ya compensadas con descanso.
  4. Multiplica por el valor de la hora ordinaria: es la base cierta 1:1.
  5. Revisa tu convenio por si añade un recargo sobre esa base.

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Hacer estas divisiones a mano es posible, pero es fácil equivocarse con la base o pasar por alto el suelo del SMI. PayeMesHeures es una herramienta de auditoría de horas: reconstruye tu valor de hora ordinaria, aplica el mínimo legal 1:1 y el suelo del SMI del año, y te señala dónde habría que verificar el recargo de tu convenio. Empezar es gratis. Calcula tu auditoría.

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