¿Puedo todavía reclamar mi salario?
En España, la prescripción salarial es de UN AÑO por vencimiento de nómina (art. 59 del Estatuto de los Trabajadores). Es un plazo muy corto: cada mes que pasa deja una mensualidad fuera de plazo. Esta herramienta calcula la fecha de corte y el periodo todavía recuperable.
¿Cómo funciona la prescripción?
El art. 59 ET fija un plazo de un año desde el día en que la acción « pudiera ejercitarse » (exigibilidad de cada mensualidad, art. 59.2 ET). No hay una caducidad específica tras el fin del contrato, pero al ser la ventana de un año muy corta, la urgencia es máxima.
¿Cómo se interrumpe el plazo?
Una reclamación extrajudicial ESCRITA (burofax, art. 1973 del Código Civil) o una papeleta de conciliación (art. 65 LRJS) interrumpe la prescripción y reinicia el plazo. La demanda se presenta después ante el Juzgado de lo Social. Reclame POR ESCRITO sin esperar.
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No esperes a la prescripción
Solo puedes reclamar tus salarios del último año. Cada mes que pasa es un mes perdido.
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